miércoles, 27 de febrero de 2008

De Immunitate ecclefiarum



Cap IIII

Según que auemos vifto en las montañas ay vn malo y deteftable vfo, que comunmente todos los hombres, y los mas que van a las yglefias a oyr myssa, y los otros diuinos officios llevan lanÇas, y azconas, y ballestas, y otras armas, y acontece que entre ellos nacen ruydos, y quiftiones en las dichas yglefias, de que fe figuen heridas y muertes, y otros males en mucha offenfa de Dios y peligro de Las animas de los que alli fe aciertan. Lo qual queriendolo remediar mandamos y fo pena de excomunion, que cuando fueren a oyr miffa a las yglefias no lleven las dichas armas, ni ninguna dellas. Y mandamos a los curas y clerigos de las dichas montañas que notifiquen y hagan faber en fus yglefias y pueblos esta nueftra conftitucion, porque ninguno de ella pueda pretender ignorancia : lo qual no queremos, que e eftienda a efpadas , y puñales.

[Constituciones synodales del Arçobispado de Burgos recopiladas, hechas y ordenandas agora nuevamente conforme al sancto concilio de Trento por el Ilmo. y Rvdmo. Sr. D. Francisco Pacheco de Toledo.Año 1577]

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